La industria del entretenimiento mantiene una cruzada contra la piratería digital.
La dirección IP como base de las acusaciones por piratería
La industria del entretenimiento tiene una cruzada contra la piratería en todo el mundo. Actualmente es un delito compartir películas pirata, pero no descargarlas, por lo que supuestamente todos los usuarios que comparten películas en redes P2P están cometiendo un delito.
Sin embargo, no existe ninguna posibilidad real de identificar a esos usuarios usando sólo la dirección IP como han intentado ya en varias ocasiones, y han fracasado.
LA DIRECCIÓN IP ES LA ÚNICA INFORMACIÓN EN LAS REDES P2P
Cuando compartimos una película en redes P2P, nuestra dirección IP es pública y cualquier persona que descargue el archivo puede verla. Esta dirección IP identifica nuestra conexión, pero no por ello quiere decir que el dueño de esa conexión sea el que está compartiendo ese archivo.
Eso no es algo que parezca importarle mucho a quienes denuncian este tipo de actividades, pero por suerte los jueces tienen más sentido común. Así, se publicó una importante sentencia en España en el caso de Dallas Buyers Club en la que se determinaba que la dirección IP no era suficiente para inculpar a alguien de haber compartido contenido sujeto a derechos de autor en redes P2P.
LA JURISPRUDENCIA ABSUELVE AL ACUSADO
Al ya existir jurisprudencia en este tipo de casos donde se absuelve al acusado, el resto de procesos suelen acabar con la misma decisión. Esto ocurrió en un nuevo caso en el que una persona fue detenida como presunto autor de un delito en Internet.
LA IP NO IDENTIFICA A UNA PERSONA EN CONCRETO
Esta persona fue identificada a través de una dirección IP facilitada por Telefónica, donde el acusado era el titular de esa línea. En un escrito presentado por la defensa, se expone que la dirección IP no es prueba suficiente para acusar a una persona.
El juzgado archivó las acusaciones porque, aunque se entiende que puede haber un delito, este no puede ser atribuido al investigado usando únicamente la IP, ya que cualquier otra persona conectada a la red WiFi podría haberlo realizado. Este es el mismo motivo por el cual no se responsabiliza, por ejemplo, a Starbucks si alguien descarga una película pirata desde una de sus cafeterías.
EL PROBLEMA SE AGRAVA CON EL USO DE CG-NAT
Este tipo de casos es aún más complejo si se tiene en cuenta que algunos operadores utilizan CG-NAT, donde una misma dirección IP pública es compartida por varios hogares.
Así, el NAT, en lugar de estar a nivel local en la conexión, agrupa a varios hogares o incluso barrios completos para asignar menos direcciones IP públicas. Esto ha dificultado cada vez más la identificación de delincuentes en la red.
Además, cada vez más jueces en todo el mundo evitan condenar por piratería utilizando la dirección IP como única prueba, y este caso es uno más que refuerza esa postura.
Fuente:
https://www.adslzone.net/2019/07/03/ip-publica-no-delito-nueva-resolucion/



